Cd. Delicias, Chih. 21 de octubre de 2024


Multará la SICT a empresas por exceso de carga en carreteras

Que los metan a la ley y el orden

Fecha/hora de publicación: 08 de noviembre de 2023 12:22:41

Serán multas por corresponsabilidad en la que el transportista y el propietario de la mercancía deberán pagar la multa por incumplir la norma NOM-012- SCT-2- 2017.

La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) en Chihuahua informa que implementará operativos de pesos y dimensiones para detectar vehículos que excedan la carga permitida, además aplicará multas de corresponsabilidad: la empresa dueña de la carga también será multada.

Los operativos se realizarán en coordinación con las autoridades de la Guardia Nacional (GN) quienes detendrán aleatoriamente a los vehículos, los cuales serán inspeccionados en los diferentes puntos que se instalarán en la red carretera federal y a donde se ubicarán los inspectores del Centro SICT Chihuahua.

La multa en la modalidad de corresponsabilidad compartida se aplica cuando el transportista y el dueño de la mercancía comparten carro por entero, es decir, cuando toda la carga de un vehículo pertenece a un solo dueño. En caso contrario, cuando la carga es consolidada --el transportista presta el servicio a varios clientes con el mismo vehículo al momento de la infracción--, la responsabilidad del exceso de peso o de dimensiones será sólo para el transportista.

El artículo 10 del Reglamento sobre el Peso y Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que Transitan en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal señala que “esta responsabilidad deberá pactarse en el contrato que se celebre entre el usuario y el transportista, y establecerse en la carta de porte. Para tal efecto, el usuario deberá declarar el peso de su carga en la carta de porte y el auto-transportista anexará a ésta una constancia de peso y dimensiones en la que se indique la capacidad de carga útil del vehículo”.

Las condiciones en que se debe prestar el servicio federal de carga se contemplan también en la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, así como en la NOM-012- SCT-2- 2017.

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